El Ayuntamiento de Hornachuelos abre un periodo de información pública de treinta días sobre la nueva ordenanza que fija la prestación compensatoria por usos extraordinarios en suelo rústico, con tipos del 10% y del 15% y minoraciones de hasta el 50%.
El Ayuntamiento de Hornachuelos ha aprobado inicialmente una ordenanza para regular la prestación compensatoria por el uso y aprovechamiento de carácter extraordinario del suelo rústico en el término municipal. El acuerdo se adoptó en el pleno del 30 de septiembre de 2026 y ahora se abre un periodo de información pública de treinta días para consultar el expediente y presentar reclamaciones.
Cuánto se paga
La prestación se fija con carácter general en el 10% del Presupuesto de Ejecución Material (PEM) de las obras. Para las actuaciones destinadas a vivienda unifamiliar aislada, el porcentaje sube al 15%. En el cálculo de la base se excluye el coste de maquinaria y equipos. La prestación tiene naturaleza no tributaria y se exige mediante liquidación administrativa, al margen del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y de otros tributos.
Minoraciones
La ordenanza prevé reducciones por volumen de inversión: del 5% por encima de 250.000 euros, del 10% por encima de 750.000 euros y del 15% cuando se superan los 1,5 millones de euros, sin que estos porcentajes sean acumulables entre sí. También hay reducciones por empleo estable: del 5% entre 6 y 15 puestos, del 10% entre 16 y 30 y del 20% por encima de 30, con un mantenimiento mínimo de dos años desde el inicio de la actividad.
Se contemplan además minoraciones para turismo rural, ecoturismo y aprovechamiento sostenible del medio natural (15%), para la recuperación de edificaciones tradicionales con valor arquitectónico, etnológico o histórico (20%) y para construcciones agropecuarias tradicionales (15%). Los equipamientos de utilidad pública vinculados al desarrollo rural o a servicios de interés general municipal pueden alcanzar hasta el 20%, previa acreditación con informe técnico. Las actuaciones con medidas voluntarias de integración paisajística o reducción del impacto ambiental pueden acogerse a hasta un 10%, y el pleno puede declarar actuaciones de especial interés o utilidad municipal con una minoración de hasta el 25%.
Las minoraciones son compatibles entre sí, salvo excepción, pero el porcentaje conjunto no puede superar el 50% de la prestación. Tienen carácter rogado: hay que solicitarlas expresamente y acreditar documentalmente los requisitos, y su falta de acreditación supone la denegación. Se pierden si no se ejecutan las actuaciones comprometidas, no se mantiene el empleo, se incumplen las condiciones ambientales o paisajísticas o se obtuvieron con datos falsos.
Sin licencia y derogación
Cuando una actuación no requiera licencia municipal por someterse a un procedimiento sectorial específico, esa ausencia no la exime de la prestación si es legalmente exigible. La gestión corresponde al Ayuntamiento a través de los servicios de urbanismo y gestión económica. La nueva regulación deroga la ordenanza de 2018 sobre la prestación económica por uso excepcional del suelo no urbanizable, basada en la anterior Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Cómo consultar y alegar
El texto está a disposición de los interesados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Hornachuelos. El periodo de información pública es de treinta días desde la aprobación inicial, para consultar el expediente y presentar las reclamaciones que se consideren oportunas.